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viernes, 22 de octubre de 2021

Algoritmo de Atención Odontológica Pacientes con Discapacidad Intelectual propiamente dicha y Síndrome Down

DISCAPACIDAD INTELECTUAL PROPIAMENTE DICHA Y SÍNDROME DOWN

Se emplea el término diversidad funcional intelectual para referirse a un individuo con limitaciones significativas tanto en el funcionamiento intelectual como en el comportamiento adaptativoAlgunos autores afirman que ésta condición afecta el razonamiento, planificación, resolución de problemas, pensamiento abstracto, la comprensión de ideas complejas, adaptación social, el aprendizaje rápido el aprendizaje por experiencia, desarrollados generalmente durante la infancia. La atención odontológica en pacientes con discapacidad funcional intelectual se debe adecuar las necesidades propias de dichos pacientes para lograr resultados óptimos en beneficio de la salud bucal y el bienestar de estas personas. Es ineludible tener presente el estado emocional y social de estos pacientes, además de meditar que la actitud del profesional debe ser cuidadosa, procurando serenidad y paciencia, evitando situaciones que aumente el temor en estas personas para impedir reacciones adversas más acentuadas que en un paciente normal.

El síndrome de Down es considerado el desorden cromosomal más comúnasí como también una de las diversidades funcionales más frecuentes. Las personas que presentan este síndrome tienen ciertos riesgos y problemas de salud oral que hacen precisas ciertas actuaciones buscando el pleno desarrollo y aprovechamiento de sus capacidades. La atención buco dental es probablemente una de las pocas necesidades cubiertas en el tratamiento rehabilitación en pacientes con Síndrome Down, tanto en calidad como en cantidad. El paciente con Síndrome Down es relativamente cooperador cuando se realizan procedimientos odontológicos de rutinapero es necesario tener en cuenta que pueden ser atendidos en el consultorio odontológico una vez que el odontólogo se familiarice con la historia clínica del paciente tome las precauciones necesarias.

En Venezuelael Código de Deontología Odontológica establece la obligación del profesional de la salud bucal en atender a todos los individuos que lo requieran, independientemente de su condición de salud en general. Esto supone la necesidad de mayor motivación conocimiento por parte del profesional tratante y todo su equipo, para proporcionar el tratamiento odontológico adecuado a los pacientes con Discapacidad Intelectual propiamente dicha y Síndrome Down.

 
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BIBLIOGRAFÍA

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